SOBRE INCREMENTO DEL 1% DE LA CUOTA OBRERA PARA LA CAJA COSTARRICENSE SEGURO SOCIAL
La Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social ha aprobado modificar en aumento la CUOTA OBRERO PATRONAL, esta aprobación se dio el día 1 de junio del año presente, por medio del Acta de Junta Directiva número 8.803, 8.818, y 8.826.-
Este aumento será de 1% y se realizará de forma fraccionada, de la siguiente forma:
- 0,5% empezará a regir a partir de julio y
- el restante 0,5% en enero.-
Esta modificación afectará alrededor de 1, 5 millones de trabajadores asalariados, del sector privado o público, que se encuentren dentro del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), por lo que los únicos trabajadores que se encuentran exentos de la aplicación de este aumento se encuentran indicados en los Ordinales: I) 2 del Reglamento de dicho Régimen y II) 4 y 65 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, indicando:
- Los miembros de la familia del patrono que vivan con él, trabajen a su servicio y no perciban salario en dinero; b. Los trabajadores que reciban una pensión o jubilación del Estado, sus Instituciones o las Municipalidades.-
- Los trabajadores que a juicio de la Junta Directiva no deban figurar en el seguro obligatorio.-
- Los trabajadores al servicio del Poder Judicial, de la Secretaría de Educación Pública, de las Municipalidades, del Ferrocarril al Pacífico, del Registro Público, de la Imprenta Nacional, de las Bandas Militares y de Correos, Telégrafos y Radios Nacionales, que en la actualidad estén cotizando para sus respectivos regímenes de previsión particulares.-
Por lo que el resto de trabajadores se verán cubiertos por esta modificación en aumento.-
Actualmente el Régimen de Cuota Obrero Patronal se encuentra en un porcentaje de 2,84% del salario mensual de cada trabajador asalariado del sector público o privado –con las excepciones dichas anteriormente-, un 1.24% de aporte Estatal y un 5.08% de aporte patronal, por lo que con las modificaciones dichas estos porcentajes serán:
- CORTE 1, PRIMERO DE JULIO DEL 2017:
El Aumento 1 será de 0.50% puntos más para llegar a
- 3,34% del aporte del Trabajador
- 1.24% del aporte del Estado
- 5.08% del aporte del Patrono
- CORTE 2, 1 ENERO 2018:
El Aumento 2 será de 0.50% puntos más para llegar a:
- 3,84% del aporte del Trabajador
- 1.24% del aporte Estatal
- 5,08 % del aporte Patronal
Quedando claro que el aporte patronal no se ve afectado con la medida tomada por la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social. Ahora bien.-
Este acuerdo resultaba parte de lo que indica la normativa relacionada con el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) en su Transitorio XI, el cual detalla los incrementos realizados desde diciembre de 2009 y por realizar a futuro y hasta el año 2035, con la excepción del fraccionamiento de la cuota de julio del 2017 a enero del 2018 como se indicó anteriormente, veamos:
Periodo |
Contribución |
Distribución Patronal |
Distribución Trabajador |
Distribución Estado |
Hasta el 31 diciembre 2009 |
7,50% |
4,75% |
2,50% |
0,25% |
Del 1 de enero del 2010 al 31 de diciembre 2014 |
8,00% |
4,92% |
2,67% |
0,41% |
Del 1 de enero 2015 al 31 de diciembre de 2019 |
8,50% |
5,08% |
2,84% |
0,58% |
Del 1 de enero del 2020 al 31 de enero de 2024 |
9,00% |
5,25% |
3,00% |
0,75% |
Del 1 de enero del 2025 al 31 de diciembre de 2029 |
9,50% |
5,42% |
3,17% |
0,91% |
Del 1 de enero del 2030 al 31 de diciembre de 2034 |
10% |
5,58% |
3,33% |
1,09% |
A partir del 1 de enero del 2035 |
10,50% |
5,75% |
3,50% |
1,25% |
Así mismo la Presidencia Ejecutiva de la Caja Costarricense por medio de su nuevo Presidente el señor Fernando Llorca ha mantenido las medidas conexas que se previeron en la administración de la antigua Presidenta de la institución, la señora María del Rocío Sáenz Madrigal. Estas medidas las cuales no serán económicas son las siguientes:
- Reforzamiento de la gestión de inversiones con colocación de recursos en el extranjero, títulos de obra pública y privada.-
- Creación de la Unidad de Riesgo Institucional.-
- Simplificación del reglamento de Afiliación de Trabajadores Independientes, a fin de mejorar recaudación.-
- Apertura del diálogo social.-
Finalmente, el día 6 de junio del año 2017 se presentó ante la Sala Constitucional un Recurso de Amparo en contra de esta medida en aumento, este Recurso se estudia bajo el expediente 17-008705-0007-CO bajo el cargo del Magistrado Fernando Cruz Castro, no obstante a eso, el aumento se encuentra en firme y solo podría ser revocado por la misma Junta Directiva de la CCSS.-
Lic. Mario Zúniga Morales
Asesor Legal
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