ALERTA LEGAL
Las empresas podrán recibir notificaciones judiciales directamente en el correo electrónico registrado
ATENCIÓN EMPRESAS: el correo electrónico registrado por la sociedad adquiere una importancia crítica para la atención de procesos judiciales y administrativos.
NOTIFICACIONES JUDICIALES POR CORREO ELECTRONICO.
La normativa costarricense introdujo un cambio de especial relevancia para las sociedades mercantiles: las notificaciones judiciales pueden ser practicadas directamente en la dirección de correo electrónico que conste registrada para la sociedad ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Este cambio implica que una empresa podría ser válidamente notificada de la existencia de un proceso judicial a través del correo electrónico registrado, sin que necesariamente deba esperarse la visita física de una persona notificadora a sus oficinas o la notificación personal de alguno de sus representantes.
¿Por qué es importante?
La Ley N.° 10.597, Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles, reformó el artículo 20 de la Ley de Notificaciones Judiciales y estableció expresamente la posibilidad de notificar a las sociedades mercantiles en la dirección electrónica que conste en el Registro Mercantil.
En consecuencia, el correo electrónico registrado deja de ser un dato meramente informativo y pasa a convertirse en un canal oficial con potenciales efectos jurídicos y procesales para la empresa.
Una notificación recibida en dicha dirección puede dar inicio al cómputo de plazos para contestar una demanda, interponer recursos, atender audiencias, formular oposiciones o ejercer cualquier otra defensa que corresponda dentro de un procedimiento judicial o administrativo.
ADVERTENCIA PARA LAS EMPRESAS
Esta modificación exige adoptar medidas internas inmediatas.
Las sociedades deben verificar qué dirección de correo electrónico aparece actualmente registrada, quién tiene acceso efectivo a esa cuenta y si existe un procedimiento interno que garantice la revisión y atención oportuna de cualquier comunicación judicial o administrativa.
Mantener registrado un correo electrónico desactualizado, de una persona que ya no trabaja para la compañía, que no sea revisado regularmente o cuya bandeja se encuentre sin capacidad, puede generar un riesgo procesal significativo para la empresa.
¿Qué recomendamos hacer de inmediato?
Recomendamos a todas las empresas:
- Revisar la personería jurídica y la información registral de la sociedad para identificar el correo electrónico actualmente consignado para notificaciones.
- Confirmar que la cuenta se encuentre activa, actualizada y bajo control de la empresa.
- Evitar utilizar exclusivamente el correo personal de un colaborador, representante o tercero que pueda dejar de mantener relación con la compañía.
- Establecer responsables internos para la revisión frecuente del buzón y el escalamiento inmediato de cualquier comunicación proveniente del Poder Judicial o de una autoridad administrativa. La revisión debe incluir la bandeja de correos no deseados o spam.
- Implementar un protocolo para que toda notificación judicial recibida sea remitida de inmediato al departamento legal o a los abogados externos de la compañía.
Un correo sin revisar puede convertirse en un plazo judicial corriendo con efectos legales y económicos fatales, sin posibilidad de que prospere exitosamente un incidente de nulidad de notificación.
El principal riesgo para las compañías es operativo: que una notificación sea recibida válidamente en el correo registrado, pero que internamente nadie la detecte o la remita oportunamente a los abogados encargados.
Por ello, la administración del correo electrónico registrado debe formar parte de los controles legales y de cumplimiento de toda sociedad mercantil.
Recomendación final
No espere a recibir una demanda para revisar este tema, las notificaciones judiciales por correo electrónico son una realidad.
Esta misma situación, podría dar lugar en notificaciones de la CCSS y del MTSS, ALERTA.
Toda empresa debería verificar desde ahora el correo electrónico que mantiene registrado y establecer un protocolo interno para su monitoreo. Una comunicación judicial desatendida puede comprometer la posibilidad de ejercer oportunamente el derecho de defensa de la compañía. Ya se están recibiendo notificaciones judiciales por correo electrónico.
En Labor Law Corp les desarrollamos su Protocolo para atender notificaciones judiciales y administrativas por correo electrónico.
LL.M. Luis Medrano Steele
Socio Director
Lic. Luis Roberto Vargas Lizano
Asociado Junior
El presente boletín tiene carácter exclusivamente informativo y no constituye asesoría legal para un caso concreto.